Los delitos ecológicos también llamados delitos ambientales se refieren a todos aquellos crímenes que se cometen contra el medio ambiente y natural. Estos crímenes pueden estar sancionados incluso hasta con penas de prisión.
El bien jurídico protegido en este tipo de delitos es el derecho a poder disfrutar del medio y entorno que nos rodea, asegurando los recursos naturales.
El objetivo principal es proteger el medio ambiente del deterioro y mantener el equilibrio ecológico.
Si se ha incurrido en un delito de este tipo y busca más información o solventar alguna duda, no dude contactar con nuestro equipo de abogados penales en Zaragoza especialista en todo tipo de delitos ecológicos y le asesorarán en todo lo necesario.
Los delitos contra el medio ambiente recogen todas aquellas conductas que afectan de manera negativa a la naturaleza llegando a ocasionar u ocasionando contaminación en la calidad del aire, aguas, aire, peligro en el ecosistema, especies que se encuentran en extinción, animales, plantas, salud humana, etc., desobedeciendo lo dispuesto en las leyes de carácter medio-ambiental.
La Constitución española de 1978 en su artículo 45, recoge el derecho de los ciudadanos españoles a gozar y disfrutar de un Medio Ambiente adecuado para el desarrollo de la persona. Dicho derecho se complementa con el deber de todos los españoles de conservarlo y con la obligación de todos los Poderes Públicos del Estado de defenderlo.
Para garantizar esta defensa se impone una serie de sanciones penales y administrativas a todos aquellos infractores y la obligación de reparar todo el daño medio ambiental causado.
El Derecho Ambiental debe caracterizarse por preservar o conservar los elementos naturales con el fin de mejorar, propiamente, el medio ambiente y la calidad de vida, que se integra, entre otros elementos, por la salud.
Se persiguen aquellos tipos de actos lesivos como es la contaminación ambiental, gestión ilegal de residuos, traslado de residuos, explotación de instalaciones peligrosas, siempre que sean susceptibles de ocasionar daño al medio ambiente, animales o personas.
El delito contra el medio ambiente está regulado dentro del título XVI del Código Penal. Engloba diferentes conductas castigando a todos aquellos que ejecutan actividades que perjudican o dañan el medio ambiente, especies o exploten recursos naturales.
Se trata de un delito doloso ya que el daño resultante al medio ambiente por las conductas o actuaciones es totalmente evidente y el responsable es consciente de la gravedad de sus actos.
Teniendo en cuenta la gravedad de los hechos, y objetos sobre el que afecte podemos diferenciar diferentes grados de delitos medioambientales:
Se considera delito medioambiental básico al conjunto de acciones que atentan contra las leyes protectoras del medio ambiente, pudiendo contaminar al mismo.
Este tipo de delito básico mediante la ejecución de vertidos, radiaciones, vibraciones, emisiones, etc., llega a ocasionar daños en la calidad del agua, aire, suelo, animales, plantas.
El delito medioambiental agravado se da cuando las conductas recogidas en el tipo básico puedan ocasionar graves perjuicios sobre el equilibrio de los sistemas naturales, ya sea por sí mismas o junto con otras.
El delito medioambiental cualificado es la forma más grave del delito ecológico. Tiene lugar cuando se hubiera creado un grave riesgo para la salud de las personas con las conductas anteriormente mencionadas.
La actuación por conducta omisiva como puede ser el no informar a la administración, obstaculizar la inspección, la ausencia de vigilancia también se considera delito ecológico.
También es castigada la puesta en peligro de los demás o del medio ambiente debido a una mala gestión de desechos que sean peligrosos, tóxicos o radioactivos, así como la explotación o la sobreexplotación ilegal de un recurso natural y la no observancia de una legislación medioambiental que lleve a graves consecuencias para el medio ambiente o la salud.
Las penas impuestas contra el medio ambiente se castigarán con penas de cárcel en función de la duración, gravedad o reversibilidad de los daños.
Toda persona infractora estará obligada a restablecer el entorno dañado, ofrecer compensación y enfrentarse a multas.
Los delitos conducen a la pérdida de hábitat, daños ambientales y contaminación continua. A gran escala una de las consecuencias más graves de los delitos medio-ambientales es el calentamiento global, de ahí la importancia de cuidar el medio ambiente.
Los vínculos entre la sociedad y la naturaleza se establecen a través de varios factores como el conjunto de acciones humanas que inciden sobre el sistema ecológico y el conjunto de efectos ecológicos generados en la naturaleza que inciden sobre el sistema social.
Entre estos delitos también se encuentran los vertidos indiscriminados como residuos tóxicos de fábricas que contaminan ríos y lagos y que puede conllevar la muerte de la fauna, así como la tala indiscriminada que es una de las principales causas de la deforestación.
Las últimas modificaciones del Código Penal se han adaptado a la realidad ambiental actual y se han acordado medidas como paralizar los derribos de viviendas ilegales en zonas de costa, regular el abandono de animales y endurecer las penas relacionadas con la producción de incendios.
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