Delitos urbanísticos

Delitos urbanísticos

Los comúnmente llamados delitos urbanísticos son aquellos delitos cometidos en contra de la ordenación del territorio, planeamiento urbanístico u ordenamiento territorial. Incluyen aquellas conductas relacionadas con la construcción de obras no autorizadas, de edificios en zonas prohibidas, construcción sin licencia, parcelación en suelo no urbanizable y acciones no legales de los funcionarios públicos.

El delito urbanístico se encuentra regulado por el Código Penal que establece una modalidad básica y otra agravada.

El tipo penal básico del delito de urbanismo es aquel que sanciona a promotores, constructores o técnicos como arquitectos e ingenieros que llevan a cabo una edificación o una construcción que no está autorizada en unos suelos o parcelas destinadas a viales, calles, caminos o zonas verdes, en los que haya bienes de dominio público o lugares que tengan un valor paisajístico reconocido, también aquellas construcciones no autorizables en suelos no urbanizables.

Esto puede aplicarse a cualquier localidad, incluida Zaragoza.

Ante cualquier duda o problema en Macarrón Abogados, despacho formado por grandes profesionales en Derecho Penal podemos informarle y asesorarle con máxima profesionalidad y dedicación, ayudándole a resolver su situación.

Derecho urbanístico

El derecho urbanístico, relacionado con la construcción de viviendas, consiste en una rama del derecho administrativo formada por el conjunto de normas jurídicas que se encarga de regular el urbanismo, la ordenación del territorio y el uso del suelo, y por tanto regulan el uso del suelo por parte del propietario.

Se ocupa de dar respuesta y regular el uso racional del suelo y la ordenación del territorio, garantizando un equilibrado funcionamiento social basado en la buena convivencia.

El derecho urbanístico mantiene una estrecha relación con otras disciplinas jurídicas como es el Derecho Ambiental, Derecho Administrativo, Derecho Financiero, etc.

Como abogados urbanistas procuramos llevar a cabo todos los trámites necesarios en ordenación del urbanismo, materia de uso del suelo, mostrando una exclusiva y especial atención a los derechos y obligaciones que conciernen a los propietarios del suelo.

Sujetos activos, sujeto pasivo y bien jurídico

SUJETOS ACTIVOS

Los sujetos activos son los promotores, constructores o directores técnicos, encargados de realizar la urbanización:

  • Los promotores: Son aquellas personas que de manera individual o colectiva financian con recursos propios o ajenos las obras de edificación para sí o para terceros.
  • El constructor: Es quien a órdenes del promotor, asume el compromiso de aportar los medios humanos y materiales para ejecutar el proyecto.
  • Los técnicos directores: Son tanto el director de obra como el director de la ejecución de obra.

    • El director de obra es quien dirige el buen desarrollo en los aspectos técnicos, urbanísticos y medioambientales.
    • El director de la ejecución es quien asume la función de dirigir el material de la obra, cualificar y comprobar que la obra se está ejecutando correctamente.

SUJETO PASIVO

El sujeto pasivo al tratarse de la sociedad en general se trata de un sujeto colectivo.

BIEN JURÍDICO PROTEGIDO

El bien jurídico protegido es la correcta utilización del suelo como recurso natural limitado y la adecuación de su uso como interés general.

Tipos de delitos sobre la ordenación del territorio

Las leyes relativas a la ordenación del territorio responden a una necesidad de los tiempos que corren, en un Estado de Derecho no puede permitirse que cualquiera edifique o ejecute obras sin permiso y sin tener una serie de consideraciones.

La pena impuesta por delito urbanístico depende de su gravedad. Las tipificaciones establecidas en el Código Penal permiten identificar 3 tipos o modalidades sobre los delitos sobre la ordenación del territorio:

  • Modalidad básica
  • Modalidad agravada
  • Prevaricación urbanística

MODALIDAD BÁSICA

La modalidad básica hace referencia al comportamiento de ejecutar acciones en el suelo no urbanizable.

Estas acciones incluyen tanto la construcción como obras de urbanización y edificación no autorizables.

Dichas actuaciones son dolosas no ajustándose a las Leyes vigentes en materia de ordenamiento y planificación urbana.

Con respecto a los posibles sujetos activos del delito encontramos los promotores, constructores y técnicos directores.

Se impondrá pena de prisión de 1 a 3 años, multa de 12 a 24 meses según beneficio obtenido.

MODALIDAD AGRAVADA

Los sujetos ejecutan una construcción, obras de urbanización o edificación no autorizables, sobre el suelo que se encuentra bajo protección especial: zonas verdes, espacio destinado a obras viales, bienes de dominio publico, lugares declarados de protección especial por su valor cultural, histórico, ecológico, paisajístico…

Se impondrá pena de prisión de 18 meses a 4 años o multa de 1 a 2 años dependiendo del beneficio obtenido.

PREVARICACIÓN URBANÍSTICA

La prevaricación urbanística hace referencia a los sujetos encargados de elevar informes, realizar inspecciones o aprobar los diferentes proyectos en este campo: autoridades o funcionarios públicos que deben vigilar por el correcto ordenamiento.

El delito de prevaricación urbanística distingue:

  • No ejecuta las inspecciones precisas evitando el descubrimiento de infracciones.
  • Formular informes favorables cuando la construcción, obra de urbanización o edificación no cumple con las normas vigentes.
  • Voto de aprobación de los órganos colegiados o miembros para proyectos y obras urbanísticas en todas sus clases cuando se sabe de la existencia de supuestos contrarios a las normas vigentes.

La autoridad o funcionario público será castigado con la pena establecida en el artículo 404 de este Código y con la de prisión de 1 año y 6 meses a 4 años y la de multa de 12 a 24 meses.

La demolición

Se entiende como infracción al ordenamiento una construcción ya iniciada sin necesidad de que se haya finalizado.

La demolición de la obra en infracción es una manera de restituir la legalidad, de volver al estado original tanto en lo material como en lo jurídico, siendo los jueces o el tribunal competente los encargados de ordenar la demolición bajo responsabilidad del autor del hecho.

Si usted es acusado de cometer un delito sobre la ordenación del territorio y urbanismo no dude contactar con nuestro despacho de abogados experto en Derecho Urbanístico a través de nuestra página web o por teléfono.

Estudiaremos y analizaremos su caso en concreto, proponiéndole soluciones reales y diferentes alternativas, tratando de buscar la mejor estrategia acorde a sus intereses.

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